sábado, 8 de septiembre de 2012


DIPUTADOS DESAPARECEN EL C-4 Y EL CONSEJO DE SEGURIDAD



Modifican la ley para eliminar del organismo público descentralizado denominado Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza (C-4) y el Consejo Estatal de Seguridad

La legislatura local aprobó diversas disposiciones de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz, donde se establece la desaparición del organismo público descentralizado denominado Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza (C-4) y el Consejo Estatal de Seguridad Pública, cuyas funciones serían realizada por dos órganos descentralizados de la Administración Pública, con autonomía técnica, presupuestal y operativa, que tengan por objeto coadyuvar en la depuración y fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública.


En el dictamen presentado por la diputada, Concepción Olivia Castañeda Ortiz, se establece el decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Veracruz.


Por lo que se crean el Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Secretaría de Seguridad Pública y el Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Procuraduría General de Justicia del Estado, órganos desconcentrados, con autonomía técnica, presupuestaria y operativa, que tienen por objeto coadyuvar en la depuración y fortalecimiento de las Instituciones de Seguridad Pública que integran el Sistema Estatal, de acuerdo a los modelos y protocolos de evaluación y control de confianza que se establezcan por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación.

Los Centros contarán con el personal especializado que se requiera para su funcionamiento.

Del análisis de la iniciativa referida, se advierte que el propósito de la misma es la creación de dos órganos desconcentrados de la Administración Pública, con autonomía técnica, presupuestal y operativa, que tengan por objeto coadyuvar en la depuración y fortalecimiento de las instituciones de seguridad pública que integran el Sistema Estatal en la materia, de conformidad con los modelos y protocolos de evaluación y control de confianza establecidos por el Centro Nacional de Certificación y Acreditación.


Uno de los órganos señalados tendría a su cargo las evaluaciones a los elementos de policía adscritos a la Secretaría de Seguridad Pública, en tanto que al otro le correspondería evaluar a los agentes del Ministerio Público, oficiales secretarios, policías ministeriales de la Agencia Veracruzana de Investigaciones y a peritos adscritos a la Procuraduría General de Justicia del Estado.


Con las modificaciones propuestas, desaparecería el organismo público descentralizado denominado Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, sectorizado a la Secretaría Ejecutiva del Sistema y del Consejo Estatal de Seguridad
Pública, cuyas funciones serían realizadas por los dos referidos órganos desconcentrados.


Al respecto, es menester precisar que actualmente existen tres instituciones responsables de la evaluación a elementos relacionados con la seguridad pública: el organismo que se propone extinguir; el Centro de Evaluación y Control de Confianza de la Secretaría de

Seguridad Pública, unidad administrativa establecida por Acuerdo del Ejecutivo, publicado el 1° de septiembre de 2009 en la Gaceta Oficial del Estado; y el Centro de Evaluación y Confianza de la Procuraduría General de Justicia, creado por Acuerdo número 27/2009, emitido por el titular de esa dependencia, publicado el 18 de agosto de 2009.


Se precisa que las modificaciones realizadas al proyecto derivaron de las observaciones formuladas por las dependencias a las que estarán adscritos los Centros de Evaluación y Control del Confianza referidos, orientadas a homologar las disposiciones relativas al funcionamiento de esos órganos con las existentes en el orden federal; del mismo modo, se realizaron ajustes de orden técnico jurídico, principalmente para reubicar, en un capítulo específico, el precepto referente al Centro Estatal de Control, Comando, Comunicaciones y Cómputo, así como para precisar en el Artículo Único del Decreto que el artículo 66 también es objeto de reformas.

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